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Order (Auto)July 23, 2025

A- de 2025

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Lina Marcela Escobar Martínez

✓Claimant Instituto Financiero De Casanare Ifc·Respondent Salcedo Quiñonez Eidy Yorleey Y Otro

✓
Topic · hard data
Demanda Ejecutiva Derivada De Contrato Celebrado Por Entidad Pública.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de procesos ejecutivos derivados del incumplimiento de un contrato estatal
1 topic · 1 subtopic · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Conflicto entre el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal y el Juzgado 004 Administrativo de Yopal, por causa de una demanda ejecutiva singular de mínima cuantía instaurada por el Instituto Financiero de Casanare (IFC), en contra de unos ciudadanos, con el fin de que se libre mandamiento de pago por una suma de dinero contenida en un pagaré, originado en un crédito otorgado a los demandados, que se encuentra insoluto.

Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que, el titulo valor que se pretende ejecutar se emitió como consecuencia de un contrato de mutuo, que no consta por escrito.

Recuerda la Sala que, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, según artículos 85 y 93 de la Ley 498/98 y el artículo 14 de la Ley 1150/07, se rigen por el derecho privado en el desarrollo de sus funciones y/o actividades comerciales y, por ende, en su contratación; por lo que como en este caso no debía mediar un contrato escrito pues conforme artículos 2221 y 2222 del Código Civil (aplicables al mutuo comercial según remisión del artículo 822 del Código de Comercio) basta con la entrega de la cosa dada en préstamo para el perfeccionamiento del negocio jurídico.

Sin embargo, no deja de ser un contrato estatal.

Se reitera la regla de decisión del Auto 847/25, según la cual la jurisdicción de lo contencioso administrativo es competente para conocer de las demandas ejecutivas derivadas de controversias relacionadas con contratos celebrados por entidades públicas, conforme artículo 104 del CPACA.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal y el Juzgado 002 Civil Municipal de Yopal, en el sentido de DECLARAR que el conocimiento de la demanda ejecutiva promovida por el Instituto Financiero de Casanare (IFC) contra Eidy Yorleey Salcedo Quiñónez y Flor Alba Saaveedra, corresponde al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal.
  2. SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General REMITIR el expediente CJU 6738 al Juzgado 004 Administrativo del Circuito de Yopal para lo de su competencia, y para que comunique lo pertinente a los sujetos procesales e interesados dentro del trámite de la referencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

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It cites no recorded decisions.
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No decision cites it yet.

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.